TW
8

Si tiene algún inmueble en venta, le interesa conocer cómo tributará la operación si vende en 2014 y qué sucede si vende en 2015. Y ello por cuanto si bien el marco fiscal que supone la reforma presentada por el Ministerio de Hacienda supone, en general, una bajada de impuestos, trae a la vez importantes modificaciones en la tributación de las plusvalías en la venta de inmuebles.

Mucha gente piensa, equivocadamente, que al bajar los tipos impositivos a partir de enero de 2015 (efecto positivo), es mejor esperar para vender, sin darse cuenta de que, además de la bajada de los impuestos, en el caso de la venta de inmuebles, se suprimen los coeficientes de corrección monetaria en el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial, y se eliminan los coeficientes de abatimiento (efecto negativo).

¿Qué son estos coeficientes? Los coeficientes de actualización, como su nombre indica, son unos porcentajes que se aplican al valor de compra de un inmueble para corregir el efecto de la inflación, adecuando el importe inicial a su equivalente actual. Por su parte, los coeficientes de abatimiento son unos porcentajes que permiten reducir una parte de la ganancia patrimonial derivada de una venta. Concretamente, en caso de que la vivienda hubiese sido adquirida antes de 1994, supone una reducción del 11,1% por cada año que la vivienda estuviese en el patrimonio del contribuyente, siempre que ese periodo exceda de dos, a computar hasta el 20 de enero de 2006. Ambos coeficientes, por tanto, inciden en que la venta genere una menor plusvalía y, por ende, un menor impuesto a pagar.

Por el contrario, como decíamos, a la plusvalía obtenida se le aplicará en 2015 unos tipos inferiores para el cálculo del impuesto a pagar. Actualmente, las plusvalías tributan al 21% para los primeros 6.000 euros de beneficio. Entre 6.000 y 24.000 euros pagan el 25% y a partir de ese nivel se aplica un 27%. En 2015, los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros aplicarán un 22% y por encima de ese umbral pagarán un 24%.

No cabe duda de que el cambio normativo influirá decisivamente en el sector inmobiliario y castigará, especialmente, al mercado de segunda mano. Y si bien cada caso y cada casa es diferente, no cabe duda de que para saber cuál es el momento más conveniente, y por tanto decidir si le puede interesar reducir un poco el precio y venderlo este año, en lugar de hacerlo el que viene a mayor importe, deberá tenerse en cuenta tanto el año de compra de la vivienda que se quiere vender como qué se va a hacer con el dinero obtenido en la transacción.

En cualquier caso, lo que está claro es que si posee una vivienda adquirida antes de 1994 y tiene intención de venderla, hágalo antes de 2015 o Hacienda se lo hará pagar muy caro.