Así se han expresado en declaraciones a los medios ante la parroquia palmesana en la que tuvieron lugar los hechos, después de conocer el fallo del Supremo, que no les ha «sorprendido». Además, han acusado al Tribunal de «anteponer la libertad de culto y religiosa ante la libertad de expresión».
El Tribunal Supremo confirmó la condena a uno año de prisión por un delito contra la libertad religiosa impuesta por la Audiencia Provincial de Baleares a cada uno de los cinco jóvenes que interrumpieron una misa en la iglesia de Sant Miquel, en 2014, con una protesta contra la reforma de la ley del aborto.
El domingo 9 febrero de 2014, un grupo de 30 personas, en el que estaban los acusados, entró en la iglesia mientras se celebraba una misa. Una vez dentro, avanzaron en por el pasillo hasta aproximadamente la mitad, gritando al unísono y repetidamente «aborto libre y gratuito» y «fuera los rosarios de nuestros ovarios».
El personal de la iglesia y los feligreses formaron una barrera y extendiendo los brazos y las manos, consiguieron hacer retroceder hasta la salida al grupo, que continuó gritando sus consignas. Una vez desalojados los acusados y el resto de manifestantes, se reanudó la misa que, en total, estuvo interrumpida unos diez minutos.
La Sala ha analizado si se dan los requisitos del delito recogido en el artículo 523 del Código Penal -contra la libertad religiosa- que establece que quienes con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o manifestaciones de las confesiones religiosas, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el hecho se ha cometido en lugar destinado al culto.
En este caso, el tribunal ha concluido que existió una interrupción de un acto religioso, de una ceremonia propia y característica del culto católico en un día de precepto, en los que la misa es de especial importancia para esa confesión religiosa.
Además, ha añadido que se hizo mediante la formación de un tumulto, ocasionado por la presencia de unas 30 personas que invadieron el lugar del culto y que no abandonaron el lugar hasta que fueron desalojados.
Por lo tanto, para el Tribunal Supremo, en el ánimo de los acusados estaba «impedir, interrumpir o perturbar de forma claramente perceptible para todos el acto religioso que sabían que se celebraba a esa hora en esa iglesia. Además, ha considerado que «no solamente sabían que con su conducta afectaban de esa forma a la celebración del acto o ceremonia religiosa, sino que especialmente querían hacerlo».
En la sentencia, la Sala ha afirmado que «es claro que les asistía el derecho de expresar libremente su opinión, y de manifestarse para ello, dentro de los límites legales», pero ello no les autorizaba a hacerlo de forma que, «actuando en el interior del lugar destinado al culto, suprimieran un derecho fundamental de los demás, en el caso, el de libertad de culto, cuando el ejercicio de ambos era compatible, sin que, por ello, fuera preciso sacrificar uno de ellos para la subsistencia del otro».
«No es aceptable que los acusados, que se han desarrollado y alcanzado sus conocimientos en el seno de un sistema democrático, puedan creer seriamente que los derechos que les corresponden son prevalentes en todo caso respecto de los derechos de los demás, hasta el punto de hacerlos desaparecer. Ni que ignoren que, así como tienen derecho a manifestarse para expresar libremente sus opiniones, los demás están asistidos del mismo derecho», concluye el tribunal.
Por todo ello, el Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por los cinco acusados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares.
54 comentarios
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Me gustaría verlos haciendo lo mismo en una mezquita.....los cristianos somos buena gente y respetuosos y saben que por mucho que entren en una iglesia católica no les pasará nada ya que un cura no bajará a partirles la cabeza, que intenten lo mismo en una mezquita haber si el desenlace es el mismo...saldrían corriendo de la mezquita porque sino los matan. Viva España!!
Basta veros las pintas que lleváis para saber que clase de gente sois......una imagen vale más que mil palabras
A Zoco de nuevo. Aprende a leer. No he comentado nada respecto al acto realizado por estas mujeres. Simplemente que será lugar sagrado para aquellas personas que sean creyentes pero para mí es una edificación más. Que es de la Iglesia pero que mantiene y reforma el pueblo.
Kpum, qui a d'anart al TJUE, m'ho pot dir brillant jurista? perque aquesta tropa de ninets mal educats no crec que puguin pagar les despeses de recórrer. Per cert Kpum, no vaig vuere mai una afirmació aquí que considerés odi els mamarratxos embolicats en pedeços cantant "a por ellos", vosté te la mida de messurar l'odi calibrada? Aquestes coses a un pais suposadament (que es que no) democràtic no estàn al Codi Penal, es resolven en via administrativa que fa molt mes mal i es mes efectiva. I que quedi clar que condemn lo que feren, peró d'aixó a judici Penal es una burrada, i mes instat pel l'obispat que en aquells moments no tenia tampoc de jefe una joia.
Lo que dice y hace la gente para llamar la atención monten un circo
Lo que no entiendo es por qué el aborto tiene que ser gratuito, o sea, pagado por todos. ¿Acaso quedarse embarazada es una enfermedad? ¿No es responsabilidad de la persona usar métodos anticonceptivos? Quien no tome precauciones que se pague el aborto. Solo pondría alguna excepción, por ejemplo, las personas que demuestren no tener recursos, o por supuesto, en caso de violación.
Causa repugnancia que la juventud base en el odio sus ejes morales. Algo va muy mal en Palma para que los políticos de izquierdas y derechas no condenen de forma tajante y conjunta estos hechos. Espero con ansias que recurran al tribunal europeo, quizás entonces reaccionen y se den cuenta que entre ellos y la ultra derecha totalitaria no hay diferencias.
A “Xisco”. Como ampliación a la respuesta que te envié, si leyeses un poquito más, sabrías que, tanto las Iglesias, Sinagogas, Mezqitas y otros templos (eso que tú calificas como “edificaciones “) son lugares destinados al CULTO (hemos de incluir, también, los Cementerios), están amparados por Ley, y deben ser RESPETADOS, el no hacerlo se considera PROFANACION y esto está tipificado como DELITO. Infórmate antes de hablar.
Típico. Cuano a uno no le gusta una sentencia siempre se recurre a los mismos tópicos relacionados con una conjura contra su persona. Espero que aprendan a respetar a la gente que no piensa como ellos, una buena lección.
A “Xisco”, me asombra vuestra estrechez mental. Qué más da que sea , como tú dices, “un cacho de tierra edificada”! Tienes otro caso, los CEMENTERIOS, son espacios “abiertos” y tienen también la condición de “sagrados”. Convendría te informases antes de decir estupideces.