Así lo ha confirmado la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este lunes, adelantada por la sesión de investidura del candidato del PP, Alberto Núñez Feijóo, mañana en el Congreso. Las zonas declaradas gravemente afectadas por distintos fenómenos meteorológicos están en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Islas Baleares y Comunidad de Madrid, según la ministra portavoz.
Rodríguez ha informado de que ocho personas perdieron la vida en estos incidentes, a cuyas familias el Gobierno ha trasladado el pésame. La DANA causó numerosas incidencias en numerosas provincias. Según la ministra, este decreto trata de «completar las competencias de las comunidades autónomas, acompañando desde el Gobierno con estas ayudas a las personas, empresas y ayuntamientos que han tenido daños».
Ha subrayado como «relevante» que los daños en la agricultura serán cubiertos por el canal de los seguros agrarios. En este caso, ha señalado, las ayudas van dirigidas a daños personales y materiales que se produjeron, sobre todo en vivienda, enseres, establecimientos industriales, mercantiles o de servicio.
También comprenden ayudas a personas físicas o jurídicas y, además a las corporaciones locales para la recuperación de espacios municipales que se hayan perdido como consecuencia de «estos incidentes», según Rodríguez. Se trata de «activar todos los mecanismos disponibles por parte del Estado en esa colaboración con las comunidades autónomas», ha dicho.
Se ha actuado «con agilidad, que es también una seña de identidad de lo que ha venido sucediendo a lo largo de toda esta legislatura, donde se han reducido los tiempos de respuesta en este tipo de acontecimientos, reafirmando el compromiso en la agilidad de la tramitación de las ayudas y el acompañamiento a las CCAA y los municipios afectados», ha asegurado la ministra portavoz.
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo están recogidas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, según un comunicado de esta cartera. Entre las ayudas están: un monto de 18.000 euros por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente; un límite de 2.580 euros por destrucción o daños en enseres de primera necesidad; un máximo de 15.120 euros por destrucción total de la vivienda habitual.
Asimismo, ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual, para el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros; un máximo de 5.160 euros de ayudas por otros daños en la vivienda habitual; 9.224 euros para ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios, con un máximo de 9.224 euros.
Además, ayudas por el importe total de los gastos a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes; ayudas hasta 9.224 euros a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos.
Según los casos, ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%. Según el Ministerio del Interior, el acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
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