Un coche VTC en Mallorca. | Redacción Local

TW
7

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el artículo 11.1 del decreto del Govern balear del verano pasado que establecía la previsión de 30 minutos de precontratación para los vehículos VTC en Mallorca, al estimar el recurso de dos empresas en contra de esa disposición.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que la decisión coincide con la respuesta que dio en febrero de 2023 a un asunto similar referido al País Vasco, ha informado la oficina de Comunicación del Tribunal Supremo.

Si en el caso del País Vasco se refirieron exclusivamente a una norma reglamentaria -que anularon-, en el caso de Mallorca el precepto reglamentario recurrido tenía respaldo en una norma autonómica de rango legal que, previo planteamiento por el Supremo de una cuestión de inconstitucionalidad, ha sido declarada inconstitucional y nula por el Tribunal Constitucional.

El alto tribunal reitera, como hizo en la sentencia de febrero de 2013, que «el establecimiento en la norma autonómica de los límites consistentes en que los servicios de VTC tengan que ser contratados con una antelación mínima de 30 minutos antes de prestarse y la prohibición de geolocalización de los vehículos previa a su contratación, no se consideran compatibles con el derecho a la libertad de empresa», reconocido en la Constitución. Por su carácter excesivo, y su falta de justificación y de proporcionalidad, la medida ha sido considerada vulneradora de la libertad de empresa garantizada por el artículo 38 de la Constitución.

Añaden que «tampoco supera el canon de necesidad, adecuación y proporcionalidad exigido por el artículo 5 de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado». El conseller de Vivienda, Territorio y Movilidad, José Luis Mateo, ha declarado sobre este asunto que la decisión del Supremo está «en la línea» del Constitucional, por lo que no es obligatorio respetar en ningún caso esa media hora. El Govern respetará esta decisión judicial, «como no puede ser de otra manera», ha añadido el conseller, que ha recordado que desde la decisión del Supremo ya no era necesario la contratación de este servicio en Baleares con 30 minutos de antelación.