Se ha dictado mediante instrucción firmada por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, que «unifica criterios para controlar la utilización de este tipo de armas en las vías, espacios o establecimientos públicos en todo el territorio nacional». En adelante, las actuaciones y aprehensión de las armas deben quedar perfectamente documentadas, tanto si se trata de la comisión de un delito como de una infracción de carácter administrativo. El protocolo determina también la información que debe registrarse en ambos casos.
Los agentes recogerán la actuación de la persona responsable, los daños o perjuicios causados a la seguridad ciudadana, el entorno en el que se desarrollan los hechos, así como las características del arma e imágenes relacionadas. Este tipo de medidas se han anunciado cuando se han registrado cuatro asesinatos vinculados a bandas juveniles sólo en Madrid en lo que va de 2022. A principios de año tanto Interior como la Delegación del Gobierno ya anunciaron más presencia policial para combatir esta problemática.
El objetivo del protocolo es establecer directrices para que las fuerzas y cuerpos de seguridad recojan en los atestados policiales todos los indicios probatorios necesarios para la denuncia; promover programas de formación permanente para mejorar la respuesta policial; completar y reforzar las acciones encaminadas a evitar el uso de armas blancas; y potenciar la colaboración en el ámbito local y autonómico con instituciones y entidades territoriales. «La instrucción alerta de la amenaza para la seguridad ciudadana que supone la tenencia de armas blancas y otros instrumentos peligrosos», según ha señalado Interior en un comunicado.
Además, recuerda que el Reglamento de Armas establece la «prohibición absoluta de portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, de las correspondientes actividades deportivas, de cualquier clase de armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda». El texto insta a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad «a la ocupación temporal de cualesquiera objetos, instrumentos o medios de agresión, incluso de las armas que se porten con licencia, permiso o autorización» con el fin de prevenir un delito o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de los bienes.
El protocolo establece que la intervención de las autoridades y sus agentes se justificará «por la existencia de una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso que, razonablemente, sea susceptible de provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana y, en concreto, atentar contra los derechos y libertades individuales y colectivos o alterar el normal funcionamiento de las instituciones públicas». La instrucción pide a la Policía Nacional y a la Guardia Civil que incrementen la formación de sus agentes en el conocimientos de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y del Código Penal en los supuestos relacionados con la tenencia de armas blancas, para llevar a cabo sus acciones con todas las garantías para la salvaguarda de los derechos de los ciudadanos y de sus actuaciones.
El nuevo protocolo insta a celebrar reuniones de juntas de seguridad y también promueve encuentros con autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal para mejorar y profundizar el conocimiento sobre la situación y evolución de las diversas modalidades de delincuencia relacionadas con la tenencia de armas, con el objetivo de fijar los criterios que deben marcar la acción policial. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado impulsarán también contactos con empresas y personal de seguridad privada que desarrollan su actividad en establecimientos públicos, para colaborar tanto en materia preventiva como en la definición de cuáles deben ser las primeras actuaciones tras la detección de un arma blanca en sus lugares de servicio.
Este jueves Interior actualizó el Plan de Actuación y Coordinación Policial contra Grupos Violentos de Carácter Juvenil que establece una nueva clasificación de estas bandas, estableciendo mecanismos de refuerzo de convocatorias en redes sociales y de «mensajes con tendencia xenófoba, racista o antisemita, o exaltaciones de comportamientos violentos inspirados en el odio a las minorías o en la diferencia étnica o ideológica».
2 comentarios
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!!!PERO SI HACE TREINTA AÑOS O MAS QUE ESTABAN PROHIBIDAS EL LLEVARLAS ENCIMA, NI SIQUIERA EN EL COCHE!!! Y LOS AGENTES SI TE PILLABAN TE DENUNCIABAN AL DELEGADO DEL GOBIERNO Y TE CAÍA UNA BUENA MULTA¿ A QUE VIENE AHORA ESTE ANUNCIO? UNA MAS DE ENGAÑA BOBOS!!!
Importas tercer mundo y poco a poco acabas convirtiéndote en él. Viva el buenismo!