16/11/02 0:00
El Gobierno prohíbe que los distribuidores congelen el pan
antes de venderlo
El Consejo de Ministros aprobó ayer la modificación de la
reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación y comercio del
pan con el fin de adaptarla a la normativa europea. El decreto
prohíbe que los distribuidores o expendedores congelen el pan antes
de venderlo. Para equiparar los criterios de todos los Estados
miembros, sobre todo respecto a ciertas denominaciones de productos
y a los límites de acidez y humedad, el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación ha modificado la normativa de fabricación del
pan, con el fin de que la competencia leal entre las industrias sea
efectiva y permita la elaboración de una mayor variedad de
productos, teniendo en cuenta la evolución tecnológica y los gustos
del consumidor. La nueva reglamentación flexibiliza las
características de los productos terminados relativas a la acidez y
humedad y excluye de la lista sobre denominaciones del pan especial
las que estaban ligadas a un contenido mínimo del ingrediente que
caracteriza el producto, como el pan de huevo, pan de leche, o pan
al gluten.
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