El acusado, durante el juicio el pasado mes de mayo en la Audiencia. | Guillermo Esteban

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La Audiencia ha condenado a un hombre a ocho años y medio de cárcel por abusos sexuales continuados a su sobrino menor de edad en Palma. El acusado tendrá que indemnizar a la víctima con 16.000 euros por daño moral.

La sentencia recoge que el enjuiciado llegó a España procedente de Argentina en 2005 y se instaló en el domicilio de su hermano con la mujer de este y sus tres hijos menores de edad. El acusado aprovechaba que se quedaba a solas con su sobrino de seis años para realizarle tocamientos y felaciones. En una ocasión llevó al perjudicado al taller en el que trabajaba para abusar de él.

Los episodios ocurrían de manera frecuente hasta que el agresor se trasladó a su propia casa en 2010. «Es obvio que la condición de tío, unido al hecho de la convivencia familiar en el seno del mismo domicilio, permitió y fue aprovechado por el acusado para cometer los hechos delictivos probados», concluye el tribunal de la Sección Segunda.

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La víctima, que fue representada por el abogado Bernat Garí, explicó en el juicio que su relación con el acusado, antes de la denuncia, era buena.

–Porque esto lo normalicé...

«Los jueces no dan credibilidad a la versión exculpatoria del acusado. «Afirmó que durante la convivencia en casa de su hermano nunca estuvo a solas con su sobrino, nunca tuvo las llaves del taller, nunca fue al taller con el menor y nunca estuvo en su habitación con el perjudicado», señala el fallo.

«Todo lo cual, se convendrá en que nada converge con el que ostenta la condición de tío paterno, que convive con la familia y trabaja con su hermano y padre de sus sobrinos, y cuando existe una buena convivencia entre todos, por lo que quedarse a solas con un sobrino menor, como cuidador a ratos, resulta una circunstancia de lo más corriente y natural, que niega el acusado».